REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO
DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANA, 26 DE FEBRERO DE 2008
197º y 148º
Vista la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS, presentada conjuntamente por los ciudadanos: JUAN LUIS MARTINEZ FARIAS y LUISA CAROLINA ROMERO HENRIQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de Profesiòn Técnico Superior Universitario en Electrónica y Docente, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-15.360.505 y V-15.268.886 y domiciliados el primero en la Calle Ayacucho, Casa S/N de la Población de Cumanacoa y la segunda de los nombrados en la Calle Arismendi, Casa Nº 55, de la Población de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, respectivamente; debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio y de éste domicilio CARLOS A. MARIN H., venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 76.476. Y como quiera que la solicitud cumple con los extremos requeridos en el Articulo 762 del Código de Procedimiento Civil y conforme a los hechos explanados en la misma, éste Juzgado Procediendo en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decreta la SEPARACION DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los mencionados cónyuges conforme los artículos 189 del Código Civil.
LA JUEZ PROVISORIO,
Abog. YLIMAR OLIVEIRA DE CARABALLO
LA SECRETARIA TEMP.,
Ciud. BOMNY MUÑOZ DE ACUÑA.
Exp. Nro 6766-07.-
YOdC/mc.-