REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO



JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER
CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Cumaná, 29 de Febrero de 2008.
197° y 148°

Vista la diligencia anterior de fecha veinticinco de febrero del año dos mil ocho (25/02/2008), suscrita por la profesional del derecho YULMAYN J. GALANTÓN DÍAZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.976.674, Abogada en ejercicio, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 66.570, actuando en su carácter de Defensor Ad Litem en el presente procedimiento, mediante la cual expone: “… Visto el debido incumplimiento como Defensor Ad Litem en el presente procedimiento, debido a un caso fortuito, ya que para la fecha de contestación de la demanda mi padre enfermó y posteriormente falleció, tal y como consta en Certificado de Defunción y previa certificación en autos, solicito…se sirva fijarme nueva oportunidad para el acto de contestación de la demanda…”. Habiéndosele dado cuenta de la misma a la ciudadana Jueza se acuerda abrir la incidencia establecida en el artículo 607 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, en consecuencia se ordena citar, mediante boleta al ciudadano JOSÉ VICENTE SALAZAR, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.278.886, de este domicilio y/o a su Apoderado Judicial, RAFAEL ALBERTO LATORRE CACERES, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.819.894, Abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 32.028, para que comparezca por ante este Despacho Judicial en el horario comprendido de ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m.) hasta la tres y treinta de la tarde (03:30 p.m.), al día siguiente a su citación, a fin de que, a título de CONTESTACION señale lo que a bien tenga con respecto a la petición contenida en la diligencia de fecha veinticinco de febrero del año dos mil ocho (25/02/2008), y hágalo o no, el Tribunal resolverá lo que considere justo dentro de los tres (03) días siguientes, a menos que considere que existe algún hecho que probar, en cuyo caso, en vez de resolver la controversia, abrirá una articulación probatoria de ocho (08) días para luego resolverla al noveno (9no), asimismo se ordena expedir copia certificada de la diligencia que corre inserta al folio ciento ochenta y ocho (188), para tal efecto, se autoriza al Ciudadano RAFAEL BENÍTEZ, titular de la cédula de identidad número V-4.692.025, en su carácter de Alguacil Accidental de este Órgano Jurisdiccional para que realice el fotocopiado respectivo, y de igual forma se autoriza a la ciudadana ARELYS JOSEFINA FARIÑAS CEDEÑO, titular de la cédula de identidad número V-5.704.438, Asistente Adscrita a este Juzgado para la elaboración de dichas copias, para que sean agregadas a la boleta de citación que se ordenó librar anteriormente. Líbrese boleta de citación y expídase la copia certificada. CUMPLASE.

________________________________________
DRA. INGRID COROMOTO BARRETO LOZADA;
Jueza;

___________________________________________
ABG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO;
Secretaria.

NOTA: En esta misma fecha se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado. QUE CONSTE.

____________________________________________
ABG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO;
Secretaria.

EXPEDIENTE NRO. 08730
ICBL/bilt/ajfc


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER
CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE

Cumaná, 29 de febrero de 2008
197° y 148°

BOLETA DE CITACIÓN
SE HACE SABER:
-
Al ciudadano JOSÉ VICENTE SALAZAR, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.278.886, de este domicilio y/o a su Apoderado Judicial, RAFAEL ALBERTO LATORRE CACERES, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.819.894, Abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 32.028, que debe comparecer por ante este Tribunal en el horario comprendido de ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m.) hasta la tres y treinta de la tarde (03:30 p.m.), al día siguiente a su citación, a fin de que, a título de CONTESTACION señale lo que a bien tenga con respecto a la diligencia de fecha veinticinco de febrero del año dos mil ocho (25/02/2008), suscrita por la ciudadana profesional del derecho YULMAYN GALANTON DIAZ venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.976.674, Abogada en ejercicio, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 66.570, actuando en su carácter de Defensor Ad Litem en el presente procedimiento, mediante la cual expone: ““… Visto el debido incumplimiento como Defensor Ad Litem en el presente procedimiento, debido a un caso fortuito, ya que para la fecha de contestación de la demanda mi padre enfermó y posteriormente falleció, tal y como consta en Certificado de Defunción y previa certificación en autos, solicito…se sirva fijarme nueva oportunidad para el acto de contestación de la demanda…”, y hágalo o no, el Tribunal resolverá lo que considere justo dentro de los tres (3) días siguientes, a menos que considere que existe algún hecho que probar, en cuyo caso, en vez de resolver la controversia, abrirá una articulación probatoria de ocho (8) días para luego resolverla al noveno (9mo.). Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 607 del CODIGO DEL PROCEDIMIENTO CIVIL.

Dará recibo al Alguacil encargado de practicar su citación, en constancia de haber sido citada.

________________________________________
DRA. INGRID COROMOTO BARRETO LOZADA;
Jueza;

___________________________________________
ABG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO
Secretaria.




EXPEDIENTE NRO. 08730
ICBL/bilt/ajfc/.-