JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL,
MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO PRIMER
CIRCUITO JUDICIAL ESTADO SUCRE
Cumaná, 13 de Febrero de2.008.-
197° y 148°
Sentencia N° 25-08-I
Visto el CONVENIMIENTO realizado por los Ciudadanos: GONZALO ERNESTO BRICEÑO MARCHANI, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 58.414, asistido por la Abogada en ejercicio MARIA ANTONIETA BRICEÑO MARCHANI, inscrita el en Inpreabogado bajo el N° 64.871, parte Actora en el presente Juicio y el ciudadano TULIO JOSE MATERANO RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.058.383, parte demandada en el presente Juicio, asistido por la Abogada en ejercicio YELITZE BRAVO GONZALEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 98.776, en relación a un Local Comercial denominado “Exquisiteces La Casona del Pan”, ubicado en la Avenida Humbolt, frente al Parque Ayacucho, Cumaná, Estado Sucre, en fecha: 23 de Enero de 2.008, habiéndosele dado cuenta a la ciudadana Juez de este Juzgado del mismo, y por cuanto se observa que el Convenimiento efectuado está ajustado a derecho y los solicitantes del auto Homologatorio poseen capacidad procesal para ejercer la potestad de realizar el CONVENIMIENTO, así como capacidad Jurídica para disponer del objeto que versa la controversia, es decir, sobre Derechos disponibles, no resultando violado el orden Público ni las buenas costumbres, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de conformidad con lo establecido en
el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil vigente, le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente al CONVENIMIENTO efectuado por ambas partes y ordena proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.-
Publíquese Regístrese, Diarícese y publíquese en la página WEB del Tribunal.-
Dada, Firmada y Sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.- Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.- Cumaná, 13 de Febrero de 2.008.-
JUEZA
DRA. INGRID C. BARRETO LOZADA;
SECRETARIA;
ABOG. ISMEIDA B. LUNA TINEO;
NOTA: La presente decisión, se publicó previos los requisitos de ley, siendo las 11:30 a.m.
SECRETARIA;
ABOG. ISMEIDA LUNA TINEO
Expediente Nro. 09480
Motivo: COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION
ICBL/yp.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL,
MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO PRIMER
CIRCUITO JUDICIAL ESTADO SUCRE
Cumaná, 13 de Febrero de2.008.-
197° y 148°
Sentencia N° 25-08-I
Visto el CONVENIMIENTO realizado por los Ciudadanos: GONZALO ERNESTO BRICEÑO MARCHANI, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 58.414, asistido por la Abogada en ejercicio MARIA ANTONIETA BRICEÑO MARCHANI, inscrita el en Inpreabogado bajo el N° 64.871, parte Actora en el presente Juicio y el ciudadano TULIO JOSE MATERANO RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.058.383, parte demandada en el presente Juicio, asistido por la Abogada en ejercicio YELITZE BRAVO GONZALEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 98.776, en relación a un Local Comercial denominado “Exquisiteces La Casona del Pan”, ubicado en la Avenida Humbolt, frente al Parque Ayacucho, Cumaná, Estado Sucre, en fecha: 23 de Enero de 2.008, habiéndosele dado cuenta a la ciudadana Juez de este Juzgado del mismo, y por cuanto se observa que el Convenimiento efectuado está ajustado a derecho y los solicitantes del auto Homologatorio poseen capacidad procesal para ejercer la potestad de realizar el CONVENIMIENTO, así como capacidad Jurídica para disponer del objeto que versa la controversia, es decir, sobre Derechos disponibles, no resultando violado el orden Público ni las buenas costumbres, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de conformidad con lo establecido en
el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil vigente, le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente al CONVENIMIENTO efectuado por ambas partes y ordena proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.-
Publíquese Regístrese, Diarícese y publíquese en la página WEB del Tribunal.-
Dada, Firmada y Sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.- Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.- La Jueza (L.S) (FDO.) Dra. Ingrid Coromoto Barreto Lozada. La Secretaria (fdo.) Abog. Ismeida Beatriz Luna Tineo. La Suscrita Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito, Marítimo y Bancario del primer Circuito Judicial del Estado Sucre, CERTIFICA: Que la copia que antecede es fiel y exacto de su original. Cumaná, 13 de Febrero de 2008.
ICBL/yp.-
EXP: N° 09480
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