REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES
Primer Circuito
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANA
Cumaná, 25 de febrero de 2008
197° y 149°

Vista la diligencia interpuesta por el abogado LORENZO LANZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 96.255, en virtud de la cual solicita se tramite el exhorto correspondiente al Tribunal del Municipio Maturín del Estado Monagas, a fin de que se ejecute el decreto de embargo ejecutivo sobre un vehículo propiedad del ciudadano ANTONIO RODRIGUEZ, este Tribunal Ejecutor de Medidas, antes de decidir observa: De conformidad con lo establecido en el artículo 235 del Código de Procedimiento Civil, todo juez podrá dar igual comisión a los que sean de igual categoría a las suya, siempre que las diligencias hayan de practicarse en un lugar hasta donde se extienda la jurisdicción del comisionado, y que este lugar sea distinto del de la residencia del comitente. Como se puede observar, la norma in comento exige como condición sine qua non, que las diligencias hayan de practicarse en un lugar hasta donde se extienda la jurisdicción del comisionado, supuesto este que no se da en el caso que nos ocupa, ya que el solicitante esta pidiendo se exhorte al Tribunal del Municipio Maturín del Estado Monagas, la cual es improcedente en virtud de que ese juzgado esta en otro estado de la República en donde este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, no tiene jurisdicción para comisionar o exhortar la ejecución de alguna medida. En consecuencia, se delira sin lugar la solicitud hecha por el abogado LORENZO LANZA. Así se decide.
EL JUEZ EJECUTOR DE MEDIDAS,

ABG. JUAN ALBERTO MERCHAN FERNANDEZ

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. MIRNA LORELYS MATOS COLLAZO