JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ, VEINTIOCHO (28) DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO 2008.
l96° y 147°
Vista la diligencia que antecede, de fecha veinticinco (25) de febrero de dos mil ocho (2008), formulada por la abogada en ejercicio EUCARIS MÁRQUEZ BARRETO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-10.465.569, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.108, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora en el presente juicio, mediante la cual DESISTE de la acción que por DESALOJO intentó contra el ciudadano RUBÉN ARMANDO APARICIO CASTRO, venezolano, con cédula de identidad N° V-3.817.366, domiciliado en esta ciudad de Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, y solicita la Homologación de dicho desistimiento, el cierre y archivo del expediente, se acuerda de conformidad, por cuanto lo solicitado no es contrario a Derecho. Este Tribunal de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo estatuido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACION al desistimiento, por lo que se procederá como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Archívese el expediente. Cúmplase.
EL JUEZ PROVISORIO,
ANTONIO JOSÉ LARA INSERNY
LA SECRETARIA
MARIA RODRIGUEZ
EXP N° 07-4816.-
AJLI/MR/rjg.-
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