REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
Carúpano, 21 de Febrero de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-000672
ASUNTO: RP11-P-2008-000672

SENTENCIA INTERLOCUTORIA DESIGNACIÓN DEFENSOR PRIVADO
Visto el escrito N° SUC-1-00-586-08, suscrito por la Dr. (a). Lovelia Marcano, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, mediante el cual remite a este Tribunal, acta de solicitud de Nombramiento de Defensor Privado, donde se dejo constancia de lo expresado por los ciudadanos ARGENIS ALEXANDER FLORES LIPORACHI Y JOSE MIGUEL FLORES LIPORACHI, quienes son imputados en la causa N° 19F01-2C-0306-07, que cursa por ante la Fiscalía Primera del Ministerio Público.
En consecuencia, esta Juzgadora una vez revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto, observó que consta en las actuaciones complementarias remitidas por la fiscalía, acta suscrita por el ciudadano Argenis Alexander Flores Liporachi Y José Miguel Flores Liporachi y Abg. Lovelia Marcano, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público de Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, mediante la cual el ciudadano antes mencionado, manifestó su intención de que este Tribunal Juramente al abogado Privado de su confianza AMAURIS MANUEL RIVERA Y MIGUEL MALAVE MOYA, a los fines de que lo asista en la investigación que se le sigue. En consecuencia este Tribunal Tercero de Control, acuerda darle entrada y anotarlo en los libros respectivos.
DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, , ACUERDA: Notificar a los Dres. AMAURIS MANUEL RIVERA Y MIGUEL MALAVE MOYA, defensores privados de los ciudadanos ARGENIS ALEXANDER FLORES LIPORACHI Y JOSE MIGUEL FLORES LIPORACHI, quienes son imputados en la causa N° 19F01-2C-0306-07, que cursa por ante la Fiscalía Primera del Ministerio Público. A los fines de que comparezca por ante este tribunal, y expresar si acepta o no el cargo de Defensor Privado para el cual ha sido designado por los ciudadanos ARGENIS ALEXANDER FLORES LIPORACHI Y JOSE MIGUEL FLORES LIPORACHI, quienes son imputados en la causa N° 19F01-2C-0306-07, que cursa por ante la Fiscalía Primera del Ministerio Público, en el caso de aceptación deberá jurar desempeñarlo fielmente ante el Juez competente. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 137 y 139 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 49 ordinal 1ero. De la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Cúmplase.
La Juez Tercero de Control

Dra. Yaunis Villegas Verde
El Secretario

Dr. Douglas Rivero