REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes - Cumaná
Cumaná, 18 de Febrero de 2008
197º y 148º


ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2008-000050
ASUNTO : RP01-D-2008-000050


Visto el escrito recibido en este despacho, suscrito por el Dr. Luis Antonio Garreta Ávila, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual expone: "… se recibieron en la Unidad de Atención a la victima de esta Fiscalía Superior del Estado Sucre, Acata Policial de fecha nueve (09) de los corrientes suscritas por el Sub-Inspector (IAPES) y acta de entrevista recibida de la Ciudadana AIDA DEL CARMEN QUINTERO SALAZAR … informando que, con ocasión de la detención de la adolescente la ciudadana AIDA DEL CARMEN QUINTERO SALAZAR esta siendo objeto de amenazas por parte de personas desconocidas para ellas, pero que presumen tiene vinculación con la imputada, esto a raíz de que fue testigo del procedimiento policial donde se incauto ciertas porciones de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y por lo cual … le impuso Medida de Privación de Libertad … En consecuencia cumplidos los supuestos del artículo 17 de la Ley de Protección a Victimas, Testigos y Demás Sujetos procesales solicito de conformidad a lo previsto en el artículo 31 de la referida Ley Especial, se decrete medida de protección a favor de la ciudadana AIDA DEL CARMEN QUINTERO SALAZAR y su núcleo familiar, a fin de garantizarles su integridad física y su oportuna participación en el Proceso Penal considerando quien suscribe y salvo mejor criterio que en caso de ser acordada la Medida aquí solicitada la misma consista en una PROTECCIÓN POLICIAL prevista en el artículo 24 de la Ley Sobre Protección a Victimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales, en la modalidad de RECORRIDOS POLICIALES y VISITAS DOMICILIADAS PERMANENTES por el lugar de domicilio de las victimas, a cargo de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, específicamente los destacados en el Destacamento Policial N° 12 con sede en la Población de Cumanacoa, Municipio Montes, por un lapso de seis meses...".
Este Tribunal antes de decidir observa, que de acuerdo a los dispositivos legales, 23, 118 y 120 numeral 4 contenidos en el Código Orgánico Procesal Penal y 662 literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, los mismos establecen que el Ministerio Público y los Jueces deben garantizar la debida y oportuna comparecencia de los testigos a los actos y garantizar sus derechos y respeto, así como la protección durante el proceso y dado lo manifestado por la solicitante ante el órgano instructor, aunado a las actas que acompaña a la presente solicitud, considera quien suscribe que los hechos narrados se subsumen en los dispositivos legales referidos up supra; por lo que este Tribunal estima conveniente declarar con lugar la solicitud realizada por el Fiscal Superior y en consecuencia ordenar los recorridos policiales y las visitas domiciliarias permanentes. Es por todo ello que este Tribunal de Primera Instancia en Función de Segundo Control del Sistema Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la medida de protección solicitada por el Fiscal Superior del Ministerio Público, a favor de la ciudadana Aída Del Carmen Quintero Salazar, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 16.703.611, domiciliada en la primera calle, casa s/n, del sector las colinas, Cumanacoa Municipio Montes del Estado Sucre, así como a su núcleo familiar. Librese oficio al Fiscal Superior del Ministerio Público, informándole de la declaratoria con lugar de la medida de protección. Oficio al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, a fin de informarlo sobre la declaratoria con lugar de la medida de protección y su efectivo cumplimiento. Librese boleta de notificación a la solicitante Aída Del Carmen Quintero Salazar, a los fines de infórmale que le ha sido acordada la medida de protección. Librense los oficios y boleta correspondiente. Cúmplase.

Arelis González Rondón
Juez Segundo de Control
Adolescentes
La Secretaria
Abg. Ana Lucia Marval

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en auto.

La Secretaria
Abg. Ana Lucia Marval