REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 20 de Febrero de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-001997
ASUNTO : RP01-P-2007-001997
Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de fecha 31 de enero del 2008; mediante la cual se condenó al acusado LUIS MARTÍN MÁRQUEZ MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 13.164.045, de este domicilio, por estar incurso en la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y TRES (03) MESES DE PRISIÓN. Es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 en concordancia con los artículos 493 y 494, todos del Código Orgánico Procesal Penal y de acuerdo a los siguientes términos: PRIMERO: Por cuanto el penado LUIS MARTÍN MÁRQUEZ MÁRQUEZ, ya identificado, se encuentra en libertad y estuvo detenido DOS (02) DÍAS, es por lo que hasta la presente fecha tienen una pena efectiva cumplida de DOS (02) DÍAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS, DOS (02) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS. SEGUNDO: Por cuanto el penado LUIS MARTÍN MÁRQUEZ MÁRQUEZ, puede optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de oficio se acuerda aperturar dicho procedimiento y en consecuencia se acuerda oficiar a la División de Antecedentes penales para que remitan la certificación de los antecedes que pudiera tener el penado; del mismo modo se acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario para la práctica de la evaluación psico-social, a ambas instituciones también se les remitirá copia certificada de la sentencia y del presente auto.
Remítase Copias Certificadas de la Sentencia y del presente Auto de Ejecución de la Sentencia, adjunto a oficios a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná. Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público y a la Defensa. Notifíquese al penado para que concurra a la brevedad posible, hasta la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná a realizarse evaluación psico-social. Ofíciese a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia para que remita la certificación de antecedentes penales que pudiera tener el penado. Remítase la presente causa al Archivo. Cúmplase.
El Juez
Douglas José Rumbos Ruiz
La Secretaria
Jessybel Bello Boada
|