REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 19 de Febrero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2003-000045
ASUNTO : RP01-P-2003-000045


Visto el oficio 0115-07 emanado de la Fiscalía de Ejecución de Sentencias, en el cual señalan error en el cálculo del cumplimiento de la pena, en el auto de fecha 12 de noviembre del 2007, donde se le otorga al ciudadano LUIS RAMÓN MAGO MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.806.920, condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de abuso sexual, la conmutación de pena (Confinamiento). Una vez examinado detalladamente el auto de fecha 8 de noviembre del 2007, y una vez realizadas las operaciones matemáticas de rigor; se determina que no existe error alguno en el cálculo señalado por la representación fiscal, en consecuencia se declara improcedente el petitorio fiscal y así se decide. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución Sentencia del Ministerio Público. Es todo. Cúmplase.

El Juez
La Secretaria
Douglas José Rumbos Ruiz
Jessybel Bello Boada