REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 19 de Febrero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-2003-000024
Visto el oficio DP-30-08, emanado de la Defensa Pública Penal, suscrita por al Dra. Susana Boada de Martínez, donde solicita computo actualizado de la pena del ciudadano JORGE LUIS RODRIGUEZ CARPINTERO, titular de la cédula de identidad Nº 25.099.331, quien fuera condenado por el Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Cumaná, en fecha 19/11/2002, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 479 del Código Penal.
El prenombrado penado fue detenido el 09/12/2001 y otorgado la libertad por Medida Cautelar en fecha 04 /07/2002, cumpliendo una pena de SEIS (06) MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS, luego es detenido nuevamente en virtud de revocatoria de la Medida en fecha 31/10/2002, hasta el día de hoy 19/02/2008, cumpliendo CINCO (04) AÑOS, TRES (04) MESES Y DIECINUEVE (19) DÍAS. Ahora bien, sumado a una Redención de UN (01) AÑO CINCO (05) MESES, VEINTIUN (21) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, para un total de pena cumplida, para la fecha de la Resolución: SIETE (07) AÑOS, CUATRO (04) MESES, CINCO (05) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, restándole por cumplir CUATRO (04) AÑOS, SIETE (07) MESES, VEINTICUATRO (24) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, que se cumplirán el 14/10/2012.
Todo conforme a lo previsto y sancionado en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y remítase oficio junto a copia certificada del presente auto dirigido al Director del Internado Judicial de Cumaná. Líbrese boleta informando al penado. CÚMPLASE.-
El Juez
La Secretaria
Douglas José Rumbos Ruiz
Jessybel Bello Boada