REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-2001-000069
ASUNTO : RL01-P-2001-000069


Visto el oficio número PS-267-07, emanado de la Prefectura del Municipio Sotillo, del Estado Anzoátegui, en donde señala que el ciudadano Luis José Vera Yegres, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.426.685, cumplió cabalmente con sus presentaciones desde el 01-12-05, por lo que ya se le venció el lapso fijado por el Tribunal para el cumplimiento de la pena, teniendo un desempeño satisfactorio a dicha Prefectura.

Este Tribunal a efectos de decidir, observa que el ciudadano Luis José Vera Yegres, ya identificado, le fue otorgada el 01/12/2005, la conmutación de pena, confinándolo al Municipio Sotillo, del Estado Anzoátegui Municipio, por un lapso de un (01) año, seis (06) meses, quince (15) días y doce (12) horas, y visto que consta que cumplió con la presentaciones impuesta y por el lapso previsto satisfactoriamente según se puede evidenciar de la comunicación remitida al Tribunal por la Prefectura del Municipio Sotillo, del Estado Anzoátegui.

En consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara extinta la pena, por cumplimiento de la misma al ciudadano Luis José Vera Yegres, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.426.685. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 479 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 de Código Penal. Es todo notifíquese a las partes, al penado. Remítase copia certificada de la presente resolución al Ministerio Público.

El Juez

La Secretaria

Douglas José Rumbos Ruiz

Jessybell Bello Boada