REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002463
ASUNTO : RP01-P-2006-002463

Visto el escrito presentado por la Abg. SUSANA BOADA DE MARTINEZ en su carácter de Defensora Pública Penal Tercera del acusado: RAIMUNDO JOSE MEDINA DUARTE en donde le solicita a este Tribunal el traslado de su defendido hacía el hospital Antonio Patricio de Alcalá de esta ciudad, en virtud de que él mismo presentó dolores en brazo derecho en fecha: 13-11-07 y se le indicó que debe ser examinado por un especialista, ya que presenta una masa en dicho hombro; este Tribunal analizado el presente escrito considera que la salud es un derecho social fundamental, de obligatorio cumplimiento por parte del estado, quien lo garantizará como parte del derecho a la vida. Por lo tanto, este Tribunal Segundo de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, como garantista de los principios constitucionales, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda Autorización para el traslado del acusado: RAIMUNDO JOSE MEDINA DUARTE Titular de la Cédula de Identidad No-V-10.626.459 al Hospital Antonio Patricio de Alcalá de esta ciudad, el día: 13-02-08 a las 8:30 am, a fin de que sea atendido por un especialista y reciba la asistencia médica en su hombro derecho, debiendo tomar el centro reclusorio todas las medidas de seguridad que amerita el caso. Líbrese oficio al Director del Internado Judicial de Cumaná y Boleta de Notificación a la Defensora Pública Penal Tercera , Abg. SUSANA BOADA DE MARTINEZ.
El Juez Segundo de Juicio.

Dr. José Gregorio Morey Arcas.

La Secretaria.
Abg. Yuray Padrón.

12-02-2008