REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO : RP01-P-2006-003396
Celebrada hoy 25-02-2008, Audiencia Oral a fin de imponer al ciudadano ODULIO RAFAEL SALAZAR HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 16256398, debidamente asistido de la defensa Pública Abg. Susana Boada,
Se impuso al mismo, de la decisión recaída en la presente causa, mediante la cual se declaró la solicitud de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo previsto en los artículos 42 y último aparte del 43 del Código Orgánico Procesal Penal, se le impone un régimen de prueba de UN (01) AÑO y SEIS MESES, que constituye la pena mínima establecida por el delito de OCULTAMIENTO DE ARMAS DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Se imponen al acusado como condiciones que debe cumplir de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 numerales 3, 8 y 9, las siguientes: 1. Abstenerse de Consumir drogas o sustancias estupefacientes y psicotrópicas y de abusar de las bebidas alcohólicas. 2. Permanecer en su trabajo o empleo actual. 3. No portar ni poseer armas. Así mismo se establece como encargado de la vigilancia y control de la presente medida, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Caracas, Distrito Capital. Líbrese oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Caracas, Distrito Capital, seguidamente el imputado una vez de leída la decisión, expone: "Me doy por notificado de la decisión que se me acaba de leer en este acto y me comprometo a cumplir con las obligaciones.