LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 29 de Enero del 2008.
197° y 148°

Sol. N° 5187.

SOLICITANTE: VÍCTOR MANUEL SISO HERNÁNDEZ, Titular
de la Cédula de Identidad N° 11.443.886

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó

APODERADO: No otorgó Poder.

MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:

Vista la solicitud presentada por el ciudadana: VÍCTOR MANUEL SISO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 11.443.886 y de este domicilio, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio: MAYRA A. ROSAL R., inscrita en el InpreAbogado bajo el N° 100.452, y estudiadas como han sido las declaraciones de las testigos ciudadanos: ANÍBAL JOSÉ SARDIÑA RODRÍGUEZ y TIRZA EZAIDA MARIN MARIN, Venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 9.456.085 y 16.398.400, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los Extintos: VÍCTOR IVÁN SISO GONZÁLEZ y NELLY MERQUIADES HERNÁNDEZ DE SISO, a los ciudadanos: VICNELLY MARIA, YVAN JOSÉ y NEDSEIDLER AURA SISO HERNÁNDEZ y así como al solicitante, ciudadano: : VÍCTOR MANUEL SISO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 11.443.886 y de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se Decide.
La Juez Temp.,
La Secretaria,
Abg. Nereida Estaba García.
Abg. Francis Vargas C.

Constante de Dieciséis (16) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-

La Secretaria,









NEG/Fvc/ajno.
Sol 5187.-