LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
CARÚPANO, 28 DE ENERO DE 2.008.-
197° Y 148°
Sol. N° 5.183.-
SOLICITANTE: CRUZ HERNÁNDEZ DE GAMBOA, Titular de
la Cedula de Identidad N° 1.468.894.
DOMICILIO: De este Domicilio.
APODERADO: No Otorgó Poder.
MOTIVO: ÚNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Vista la solicitud presentada ciudadana CRUZ ESPERANZA HERNÁNDEZ DE GAMBOA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de Identidad, N°. V-1.468.894, de este domicilio y asistida por la Abogada en ejercicio MARISEL MARCANO MUÑOZ, inscrita en el InpreAbogado bajo el Nº 107.475 y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanos: KATICRUZ MORENO Y ANTONIO CEBERINO MORAO ROSAS, venezolanos, mayores de edad, domiciliado el primero en San Martín, Parroquia Santa Rosa, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y el Segundo en Canchunchú Viejo, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 13.075.197 y 10.219.518, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ella demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO: RAFAEL ANTONIO GAMBOA, a los ciudadanos: CRUZ ESPERANZA GAMBOA DE HERNÁNDEZ, SILVILANDY ASCENSIÓN; RAFAEL ANTONIO; EMIGDIO AGUSTÍN GAMBOA MORENO, FRANCISCO RAFAEL Y SILVIA JOSEFINA GAMBOA HERNÁNDEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedulas de Identidad N° 1.468.894, 6.950.864, 6.950.863, 10.216.594, 11.970.146 y 13.924.881, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código, de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de los terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se decide. Así mismo, se ordena expedir las copias solicitas.
La Juez Temp.,
Abg. Nereida Estaba García.
La Secretaria.
Abg. Francis Vargas Campos.
Constante de Quince (15) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria.
Abg. Francis Vargas Campos.
Sol. Nº 5.183.
SGDM/Fvc/ecm.
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