REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 30 de Enero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-000170
ASUNTO: RP11-P-2008-000170
Concluido el desarrollo de la presente Audiencia, oído lo manifestado por la Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público, abogada Elvismary Hernández; en colaboración con la Fiscalía Segunda; quien solicita a este Tribunal decrete La Libertad Sin Restricciones, al ciudadano: Efrel del Jesús Fuentes; oída la solicitud realizada por la Defensora Pública, abogada Siolis Crespo, quien igualmente solicita se decrete la Libertad Sin Restricciones, a favor de su defendido, y revisadas las actas que conforman el presente asunto; considera quien aquí decide, que en el presente caso no se encuentran llenos los extremos del artículo 250 de la norma adjetiva penal; en virtud, que de la revisión de la presente causa, se evidencia, ausencia de suficientes elementos de convicción, para acreditar que el ciudadano Efrel del Jesús Fuentes, es responsable de algún hecho punible, es por lo que esta Juzgadora considera procedente la solicitud de Libertad Sin Restricciones, realizada por la Fiscal del Ministerio Público, y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA Libertad Sin Restricciones, al ciudadano Efrel del Jesús Fuentes Marcano, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 6.955.141, de 45 años de edad, de profesión comisario de caserío, nacido el día 18-06-61 con domicilio en Río Caribe. Sector Carabobo. Casa Sin Número. Municipio Arismendi del Estado Sucre. Líbrese boleta de Libertad, y junto con oficio remítase al Comandante de Policía de esta ciudad. Se acuerda expedir copias simples a las partes. Cúmplase.
La Juez Primero de Control
Abg. Carmen Susana Alcalá
El Secretario Judicial
Abg. María Vásquez.
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