REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control Secc. Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 23 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2008-000034
ASUNTO : RP01-D-2008-000034

Vista la mencionada solicitud de Orden Judicial de Aprehensión, planteada por el Abg. Daniel Alvarado, en su condición de Fiscal ( E) Sexto del Ministerio Público; en contra de los adolescentes: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, en virtud que los mismos se encuentran incursos en uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, específicamente el delito de HOMICIDIO, ello en virtud de la investigación iniciada por su presunta comisión en uno de los delitos contra las personas, como lo es el delito de Homicidio; este Tribunal acuerda darle entrada y anotarlo en los libros respectivos y para decidir observa:
Primero: Que el último aparte del artículo 250 del Código orgánico Procesal penal, señala que en casos de externa urgencia y necesidad, el Juez de control a solicitud del Ministerio Público, puede ordenar la aprehensión del investigado.
SEGUNDO: Que en el presente caso considera quien suscribe se encuentran llenos los extremos del artículo 250 ejusdem.
TERCERO: Que a fin de garantizar la comparecencia del investigado al proceso acuerda librar la orden de aprehensión solicitado e instar al Ministerio Público para que el lapso de 12 horas presente solicitud fundada de los motivos de la aprehensión y presente las actas correspondientes. En virtud de lo cual éste Tribunal considera que lo procedente en el presente caso es comisionar a funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y se les informe que el número de expediente de investigación es el H-673-811, hecho ocurrido en el Barrio Cumanagoto de ésta ciudad de Cumaná, Estado Sucre.
En consecuencia líbrese orden de Aprehensión dirigida al CICPCP y oficio remitiendo la misma. Líbrese lo conducente. Así se decide. Cúmplase.
La Juez Primero de Control,

Dra. Ayskel Martínez


La Secretaria,

Abg. Elizabeth Suárez.