REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 18 de Enero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-002995
ASUNTO : RP01-P-2007-002995
Definitivamente Firme como ha quedado la decisión dictada por el Tribunal Primero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en la ciudad de Cumana, en fecha 18 de Diciembre de 2007, mediante el cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor Del ciudadano PEDRO EDUVIGES GUERRA GUERRA, venezolano, de 67 años de edad, hijo de Emilio Guerra y Claudia Amparo Guerra, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 2.718.305, de estado civil casado, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en la Población de La Esmeralda, Sector La Esperanza, casa S/N° con fachada pintada de color verde, Estado Sucre, por el delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS LEVES, previsto y sancionado en el artículo 420 del Código Penal, en concordancia con el artículo 416 Ejusdem, en perjuicio del niño JESÚS MIGUEL ADRIÁN HERNÁNDEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 40, artículo 48 numeral 6, y artículo 318 numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal. En tal sentido este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede en Cumana, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, por cuanto no hay pena, ni medida alguna que ejecutar, definitivamente firme la decisión y concluida como esta la causa por ser cosa Juzgada, ordena remitir el presente expediente al Archivo Central, a los fines de su guarda y Custodia. Líbrese oficio. Cúmplase.
El Juez Segundo de Ejecución.
Abg. Samer Antonio Romhain Marín.-
La Secretaria.
Abg. Cinthia Meza.
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