REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 10 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002649
ASUNTO : RP01-P-2006-002649

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al penado JHOAN JOSÉ GONZÁLEZ RAMOS, Venezolano, de 27 años de edad, nacido en fecha: 07/08/80, hijo de Violeta Ramos y Víctor González, residenciado en el Barrio Caiguire abajo, calle principal, casa s/n, Municipio Sucre de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, condenado a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de: PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con los artículos 9 y 25 de la Ley Sobre Armas y Explosivos en concatenación con el articulo9 16 ordinal 4 de su Reglamento en perjuicio del orden Público, este Tribunal observa escrito suscrito por el director del Internado Judicial de Cumaná, mediante el cual solicita actualización del cómputo de pena del referido penado, por lo que este Tribunal precede a actualizar cómputo de pena en los siguientes términos: El penado de autos se encuentra detenido desde el detenido desde el día: 11-10-2006 hasta la presente fecha: 10-01-2008, tiene cumplida una pena física de: UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS que sumados a una redención ejecutada por este Tribunal en fecha 23-11-2007 de CINCO (05) MESES Y DOCE (12) HORAS, da un total de pena de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y ONCE (11). Le falta por cumplir la pena de ONCE (11) MESES Y DIECINUEVE (19) DÍAS que serán cumplidos en fecha 29-12-2008. En la actualidad opta a la Formula Alternativa de cumplimiento de pena de Régimen Abierto. En tal sentido este Tribunal ordena libar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná a los fines de que practiquen evaluación psicosocial al penado de autos asimismo a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, informándoles del contenido de la presente decisión y remitiendo copias certificadas del presente fallo.

Por lo antes expuesto es por lo que Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Actualiza el computo de pena del penado JHOAN JOSÉ GONZÁLEZ RAMOS, Venezolano, de 27 años de edad, nacido en fecha: 07/08/80, hijo de Violeta Ramos y Víctor González, residenciado en el Barrio Caiguire abajo, calle principal, casa s/n, Municipio Sucre de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, y considera que a la presente fecha 10-01-2008, tiene cumplida una pena de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y ONCE (11). Le falta por cumplir la pena de ONCE (11) MESES Y DIECINUEVE (19) DÍAS que serán cumplidos en fecha 29-12-2008. Se ordena libar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná a los fine de que practiquen evaluación psicosocial al penado de autos asimismo a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, informándoles del contenido del presente fallo y remitiendo copias certificadas del presente fallo. Notifíquese a las partes y Cúmplase.
El Juez Segundo de Ejecución.
Abg. Samer Romhain Marín.
La Secretaria.
Abg. Odilmarys Martínez.