REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO,
DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE Y BANCARIO
DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANA, 29 DE ENERO DE 2008
197º Y 148º
Vista la Audiencia de Conciliación solicitada por el ciudadano RAMON DARIO BERMUDEZ GUEVARA, debidamente asistido por el abogado en ejercicio CARLOS J. GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 5.348, por una parte y por la otra la ciudadana MARIELA GUZMAN PARRA, representada por su apoderado judicial abogado en ejercicio WUILLIANS JOSE LEMUS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.859, mediante la cual de mutuo y común acuerdo celebraron un CONVENIMIENTO a fin de dar por terminado el juicio y solicitaron al Tribunal imparta Homologación al mismo y por cuanto este Convenimiento no resulta violatorio del orden público, ni de las buenas costumbres y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como si se tratara de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Remítase el presente expediente en su oportunidad legal para su archivo correspondiente. Así se decide. Líbrese Oficio.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en Cumaná, a los veintinueve (29) días del mes de Enero de Dos Mil Ocho. Años 197º de la Independencia y 148º de la federación.-
EL JUEZ SUPERIOR
ABOG. MAURO LUIS MARTINEZ VICENTH
EL SECRETARIO
ABOG. CARLOS CESAR GUZMAN
NOTA: En esta misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades de ley, se dictó y publicó la presente decisión, siendo las 11:50 a.m. Conste.-
EL SECRETARIO
ABOG. CARLOS CESAR GUZMAN
EXPEDIENTE Nº 07-4523
MOTIVO: PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
(SE IMPARTIO HOMOLOGACIÒN)
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