REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Sucre, Extensión Carúpano
Carúpano, dos (02) de Diciembre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO : RP21-L-2008-000279
SENTENCIA
Por cuanto en fecha veintiséis (26) de Noviembre de 2008, compareció por ante este Tribunal, el ciudadano CARLOS ALBERTO GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 19.718.046, asistido por el Abogado JOSÉ ÁNGEL FARIÑAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 126.614, parte demandante en la presente causa, el cual consignó diligencia por ante este tribunal contentivo de una auto-composición Procesal (transacción laboral), por medio del cual suscribieron un acuerdo definitivo respecto a la controversia planteada en la presente causa, llevada por este Juzgado; por cuanto recibió el pago de sus Prestaciones Sociales por haber trabajado para la empresa BOCATOS CAFÉ, C.A, solicitando que se de por terminado el presente procedimiento y se ordene el Archivo del Expediente, este Juzgador para pronunciarse al respecto realiza las siguientes consideraciones:
Se observa que las partes actuaron con libre arbitrio, sin presiones y con conocimiento de hecho y de derecho sobre el acto realizado, Y que con tal actitud efectivamente dan por terminada la controversia.
Por lo anteriormente expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 253 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 263 y ss del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 11 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Homologa el Desistimiento realizada por las partes, declara terminado el procedimiento y ordena el Archivo del expediente, una vez transcurrido los lapsos procesales correspondientes, en consecuencia se procederá como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide.
DIOS Y FEDERACIÓN
La Juez
Abg. Marlene Yndriago Díaz
La Secretaria
Abg. Sara García
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