REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA:
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO, Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 04 de Diciembre de 2008
198° y 149°
Exp. N° 16.388.

SOLICITANTES: JOSE ANTONIO RAMIREZ MARCANO Y
YULEIDYS JOSE ROMERO DE RAMIREZ,
titulares de las cédulas de Identidad
Nros. 17.692.610 y 18.592.129

DOMICILIOS PROCESALES: No Constituyeron.

APODERADO JUDICIAL: No Otorgo.

MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: JOSE ANTONIO RAMIREZ MARCANO Y YULEIDYS JOSE ROMERO DE RAMIREZ, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. 17.692.610 y 18.592.129, ambos de este domicilio, asistidos del abogado OSCAR CALLE ALEGRE, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 118.841 y visto el contenido de la misma en el cual manifiestan su voluntad de SEPARARSE DE CUERPOS, por mutuo consentimiento. El Tribunal interrogó a los cónyuges acerca de la reconciliación, la cual no se logró por negativa de ambos. En consecuencia, y en vista de lo que establece el Artículo 189 del Código Civil; éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los nombrados cónyuges SEPARADOS DE CUERPOS, por mutuo consentimiento en los términos y condiciones por ellos expuestos. Durante el matrimonio no se procrearon hijos ni se adquirieron bienes. Notifíquese al ciudadano Fiscal Cuarto de Familia del Ministerio Público de éste Circuito Judicial. Así se decide.- Cúmplase lo ordenado.-
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de Malavé.
Abg. Francis Vargas Campos.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado anteriormente.
La Secretaria,


Abg. Francis Vargas Campos

EXP. 16.388.
SGM/rbg