JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SEDE CARÚPANO


Carúpano: 08 de Diciembre del 2008
196° y 147°


EXP. Nº 6.462-08.-
DEMANDANTE: ENEIRIS JOSEFINA CORTEZ MATA
DEMANDADO: JUAN GABRIEL MORENO BELLORIN
MOTIVO: DIVORCIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (Extinguido Primer acto)


Por cuanto se observa que la parte demandante, ciudadana ENEIRIS JOSEFINA CORTEZ MATA, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.883.865, domiciliada Carretera Vía San José de Aerocuar, Sector Los Chaguaramos, casa s/n, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre NO compareció al PRIMER ACTO CONCILIATORIO en el presente Juicio de DIVORCIO que tenía intentado contra su legítimo esposo el Ciudadano, JUAN GABRIEL MORENO BELLORIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.888.879, domiciliado en calle Principal de Cariaquito, Sector perro seco, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre. Y estando presente en este acto el Fiscal Cuarto del Ministerio Público, siendo esta la oportunidad legal para realizarse el PRIMER ACTO RECONCILIATORIO. Por lo ante expuesto este Tribunal de Protección del Niños, Niñas y adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDO el presente juicio. Todo de Conformidad con el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el Cierre y archivo del expediente. ASÍ SE DECIDE.


ABG. JAVIER MUÑOZ GARCIA
EL JUEZ



LA SECRETARIA
ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ



JMG/PDMM
EXP. Nº 6.462-08