REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO

Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano
Juzgado Primero de Control Sección Penal de Adolescentes
Carúpano, 3 de Diciembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2008-000176
ASUNTO: RP11-D-2008-000438

AUTO AUTORIZANDO INCINERACIÓN DE DROGA

Visto el escrito presentado por la ABG. MORAIMA GOYO MARTÍNEZ, en su carácter de Fiscal Sexta Provisorio del Ministerio Público en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita a este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicos, que se le autorice para la Destrucción de la Sustancia incautada en el procedimiento signado con el N° 19F06-2C-0092-2008 nomenclatura de esa Fiscalía, y el cual se le sigue al Adolescente: OMISSIS, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, AUTORIZA a la referida Fiscal, para que realice todos los tramites necesarios para la destrucción por incineración de la droga incautada en el asunto antes señalado, previa experticia química practicada por expertos que designe ese despacho, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicos; y en virtud de haberse cumplido con lo solicitado, se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, por cuanto no hay mas actuaciones que practicar por ante este Despacho. Líbrese Oficio. Cúmplase.
El Juez Titular Primero De Control

SERGIO SÁNCHEZ DÍAZ







La Secretaria Judicial


ABG. JENNYS MATA HIDALGO