REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Cumaná, 17 de Diciembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-000614
ASUNTO : RP01-P-2006-000614
Visto la solicitud de la penada YANETH JOSEFINA RODRIGUEZ MARQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.380.058, mediante el cual solicita PERMISO ESPECIAL NAVIDAD 2007 Y AÑO NUEVO 2008. Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, señala: la Ley de Régimen Penitenciario establece:
Artículo 62.- “Los penados… obtendrán salidas transitorias hasta por cuarenta y ocho horas, debidamente vigilados y bajo caución… en los siguientes casos
a) Enfermedad grave o muerte del cónyuge, padres e hijos;
b) Nacimiento de hijos;
c) Gestiones personales no delegables…
d) Gestiones para la obtención de trabajo y alojamiento ante la proximidad del egreso.”
Artículo 63.- “Las salidas transitorias serán concedidas por el Juez de ejecución a los penados que hayan cumplido la mitad de su condena. En el caso de penados comprendidos en los literales a y b el juez podrá por vía de excepción, prescindir de este requisito…”
Señala el penado que solicita que se le conceda un permiso especial los días desde el 23 de diciembre del 2007 al 15 de enero del 2008. …”
Como se puede observar de las disposiciones legales antes señaladas este tipo de permiso no esta contemplado en la ley, y los que se autorizan solo son por cuarenta y ocho horas, siempre y cuando haya cumplido la mitad de la pena, que no es el caso de la penada solicitante; es por ello que este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA EL PERMISO ESPECIAL solicitado por la penada YANETH JOSEFINA RODRIGUEZ MARQUEZ. Todo de conformidad con el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, artículos 62 y 63 de la Ley de Régimen Penitenciario. En consecuencia, Ofíciese al Director del Internado Judicial de Cumaná. Notifíquese al penado y a las partes. Cúmplase.-
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCION
ABOG. NAYIP BEIRUTTI
LA SECRETARIA
ABOG. ALLISON PERNIA