Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 18 de Diciembre del 2.008.
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-004443
ASUNTO : RP01-P-2008-004443
Visto el escrito presentado por el ciudadano DICKSON DALMIRO TOVAR BAUZA, en donde le solicita a este tribunal se pronuncie si este juzgado es competente para seguir conociendo de esta causa, aún a pesar de que la única solicitud introducida por el solicitante en su oportunidad le correspondió al Juzgado Primero de Control de este circuito Judicial; este tribunal una vez analizado el presente escrito y cada una de las actas procesales que conforman la causa; puede observar revisando el sistema informático que efectivamente cursa una causa por la misma solicitud de vehículo con el Juzgado Primero de Control, más sin embargo la solicitud presentada por la solicitante ingresó a dicho tribunal posterior a la causa que se encuentra en este Tribunal. Es por ello que este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; considera que es el competente para conocer del presente asunto y así lo decretó en fecha anterior. Líbrese Boletas de notificación a las partes. Cúmplase conforme a lo indicado.-
El Juez Tercero de Control.
Abg. José Gregorio Morey Arcas.
El Secretario.
Abg. Carlos González.