Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 17 de Diciembre del 2.008.
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-004759
ASUNTO : RP01-P-2008-004759
Visto el escrito presentado por los abogados. LUIS ANTONIO GARRETA AVILA Y JOSE ANTONIO MORENO en su carácter de Defensores Privados de la imputada: MAURILIX DESIREE BASTARDO MARQUEZ en donde le solicita a este tribunal aplique su control jurisdiccional y se le ordene a la representación fiscal proceda a realizar unas diligencias de investigación a favor de su patrocinada antes señalada; este Tribunal una vez analizada la presente solicitud y cada una de las actas anexadas, considera que estaríamos ante una violación al derecho a la defensa, cuanto la fiscal del Ministerio Publico omitiera pronunciamiento alguno sobre la petición formulada, por el contrario de lo anexado al escrito de solicitud se desprende que la vindicta pública fue precisa y amplia en detallar el porqué niega la admisión de las pruebas y acepta otras como dueña de la presente investigación, por lo consiguiente, al considerar este juzgador como garante que no es contrario a derecho el pronunciamiento fiscal de fecha: 26-11-08 es por lo que este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Desestima la solicitud formulada por los abogados. LUIS ANTONIO GARRETA AVILA Y JOSE ANTONIO MORENO en su carácter de Defensores Privados de la imputada: MAURILIX DESIREE BASTARDO MARQUEZ. Líbrese las correspondientes Boletas de Notificación a las partes y remítase las presentes actuaciones a la fiscalía Tercera del Ministerio Público.
El Juez Tercero de Control.
Abg. José Gregorio Morey Arcas.
El Secretario.
Abg. Carlos González.