REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumana, seis (06) de Agosto del dos mil Ocho
198º y 149º
N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2008-000204
PARTE ACTORA: MARWIN JOSE GARCIA VEGAS
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT LOS JARDINES DE SUCRE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día de hoy seis (06) de Agosto del 2008, siendo las 09:00 A. M, fecha y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se sigue en el presente asunto se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil, dejándose constancia de la comparecencia de MARIO MARRUFFO, abogado de este domicilio inscrito en el i.p.s.a. bajo los Nro. 114.032, en su carácter de Procurador de Trabajadores, y por la parte demandada :RESTAURANT LOS JARDINES DE SUCRES, en acta constitutiva RESTAURANT ES JARDINS DU SUCRE, C.A., hizo acto de presencia el ciudadano GUSTAVO JOSE BARAZARTE VILLARROEL, abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el No. 99.279.en su carácter de apoderado del mismo, dejándose expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.
La Juez
Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL la secretaria
|