JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 06 DE AGOSTO DEL 2008
198° Y 149°

Sol. N° 5.318.

SOLICITANTE: EUFEMIA EUFROCINA FRONTADO DE
CARABALLO, CRUZ CARMELO, JOSÉ LUÍS,
LUÍS JOSÉ Y MARY
CRUZ CARABALLO FRONTADO, Titulares de
Las Cédulas de Identidad N°
5.870.116,5.879.175,6.958.191,
5.884.751 Y 10.879.813.

DOMICLIOS PROCESAL: Sector las Acacias de San Martín,
Parroquia Santa Rosa, Municipio
Bermúdez del Estado Sucre

APODERADO: No otorgó Poder.

MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:

Vista la solicitud presentada por los ciudadanos EUFEMIA EUFROCINA FRONTADO DE CARABALLO, CRUZ CARMELO, JOSÉ LUÍS, LUÍS JOSÉ Y MARY CRUZ CARABALLO FRONTADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros 5.870.116, 5.879.175,6.958.191, 5.884.751 y 10.879.813 y domiciliados en Sector las Acacias de San Martín Parroquia Santa Rosa, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante éste Juzgado de los testigos ciudadanos: CLEMENTINA FELICIDAD ALFONZO DE MARTÍNEZ Y RAÚL JOSÉ ALFONZO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 2.665.275 y 5.856.801, domiciliados la primera en Canchunchu Viejo Calle Principal, y el segundo en la Urbanización CANTV, Calle San José, de Canchunchu Viejo, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO CRUZ LUIS CARABALLO PATIÑO a los ciudadanos EUFEMIA EUFROCINA FRONTADO DE CARABALLO, CRUZ CARMELO, JOSÉ LUÍS, LUÍS JOSÉ Y MARY CRUZ CARABALLO FRONTADO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados.- Asimismo, se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas.- Cúmplase lo ordenado.
La Juez,


Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,


ABG. Francis Vargas Campos
Constante de Diecinueve (19) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos
SGM-rbg.
Sol. Nº 5.318.