REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRRIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 13 de Agosto del 2.008
198º y 149º
Sol. N° 5.326

SOLICITANTE: EUCARIS CRISTINA PÉREZ DE MARCANO, Titular
de la Cedula de Identidad N° 3.944.020.

DOMICILIO: Calle Santa Rosa N° 43, Parroquia Santa Rosa,
Municipio Bermúdez del Estado Sucre.

APODERADO: No Otorgó Poder.

MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por la ciudadana EUCARIS CRISTINA PÉREZ DE MARCANO, venezolana, mayor de edad, viuda, de oficios del hogar, domiciliada en la Calle Santa Rosa N° 43, Parroquia Santa Rosa, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y titular de la Cédula de Identidad Nº 3.944.020, asistida por la Abogada en ejercicio MIRIAM MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 6.951.831, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.387, y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanos: RAMONA DEL VALLE GOMEZ FARIAS y FERNANDO JOSE BARCELO, venezolanos, mayores de edad, soltera la primera y divorciado el segundo, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 3.422.385 y 6.841.259, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ella demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO GUILLERMO JOSÉ MARCANO RINCONES a los ciudadanos EUCARIS CRISTINA PÉREZ DE MARCANO, EUMARIS JOSEFINA, WUILLIANS JOSE, JOSE GREGORIO, CARLOS MARCOS JOSE, ANGEL GUILLERMO, GUILLERMO AURELIO y KEINA MARTHA MARCANO PEREZ, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código, de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de los terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se decide. Así mismo, se ordena expedir las copias certificadas solicitas.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.
Constante de Diecinueve (19) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria.

Abg. Francis Vargas Campos.


SGDM-mmg.
Sol. Nº 5.326