REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE

Vista la solicitud por Suspensión de Medidas, ha sido introducida por ante este Tribunal por la ciudadana: MARIA ESTHER MARTIN SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.434.491, domiciliado en la Urbanización Bermúdez, Bloque 15-C, Letra A, Apartamento Nº 03, Cumaná, Estado Sucre, actuando en su condición de legitima madre de las Adolescentes xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx y xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, en donde manifiesta que consta en el expediente Nº TP1-2480-06 de la nomenclatura interna que se lleva por ante este Tribunal, sentencia de fecha 22-05-2006, la cual corre inserta a los folios 03 y 04 del referido expediente, pero es el caso que desde hace aproximadamente un (01) año, el ciudadano JORGE ALMERIDA, se ha encargado de la manutención de las adolescentes de forma voluntaria, sin que hasta la presente fecha haya incumplido con su obligación de padre, es por lo que formalmente solicita la SUSPENSIÓN DE MEDIDAS, y se oficie a la Empresa SACOSAL, ubicada en la Península de Araya, Municipio Cruz Salmeron Acosta, Estado Sucre, para que ordene dejar sin efecto el oficio Nº SJ-06-826, de fecha 24-05-2006.

En fecha siete (07) de julio del año dos mil ocho (2008), este tribunal de protección, admitió la solicitud en referencia y ordeno librar orden de comparecencia al ciudadano JORGE ALMERIDA.-

En fecha diez (10) de julio del año dos mil ocho (2.008), comparece ante este Tribunal el Alguacil Suplente NINROW GARCIA, y consignó Orden de Comparecencia del ciudadano JORGE DANIEL ALMERIDA SABEH.-

En fecha Quince (15) de julio del año dos mil ocho (2008), compareció ante el Tribunal el ciudadano JORGE DANIEL ALMERIDA SABEH, quien se entrevisto con el Juez de causa y expuso que cumple con la manutención de sus hijas y de igual manera solicito se oficie a la empresa SACOSAL, y se deje sin efecto el oficio Nº SJ-06-826, de fecha 24-05-2006.-.-

En fecha Treinta (30) de julio del año dos mil ocho (2008), compareció ante el Tribunal la ciudadana MARIA ESTHER MARTIN SANCHEZ, quien se entrevisto con el Juez de causa y expuso: “que retira la demanda por suspensión de medidas contra el ciudadano: JORGE DANIEL ALMERIDA SABEH, ya que a cumplido con sus obligaciones en cuanto a la obligación de Manutención de las adolescentes.-



MOTIVA

Se concreta el planteamiento de la ciudadana MARIA ESTHER MARTIN SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.434.491, en donde expresa lo siguiente: “que consta en el expediente Nº TP1-2480-06 de la nomenclatura interna que se lleva por ante este Tribunal, sentencia de fecha 22-05-2006, la cual corre inserta a los folios 03 y 04 del referido expediente, es por lo que formalmente solicita la SUSPENSIÓN DE MEDIDAS, y se oficie a la Empresa SACOSAL, ubicada en la Península de Araya, Municipio Cruz Salmeron Acosta, Estado Sucre, para que ordene dejar sin efecto el oficio Nº SJ-06-826, de fecha 24-05-2006.-

Observa este Sentenciador, según se demuestra en la copia certificada de la sentencia que riela a los folios tres (03) y cuatro (04), que este Tribunal Homologo la conciliación suscrita y celebrada por ante este Tribunal entre los ciudadanos: MARIA ESTHER MARTIN SANCHEZ y JORGE DANIEL ALMERIDA SABEH, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-8.434.491 y Nº V-12.271.702, respectivamente, domiciliados la primera en Araya, casa s/n, Municipio Cruz Salmeron Acosta Estado Sucre y el segundo Araya, casa s/n, Municipio Cruz Salmeron Acosta Estado Sucre.”

Asimismo, consta de la declaración del ciudadano JORGE DANIEL ALMERIDA SABEH, “Que cumple con la Manutención de sus hijas DANIELA ESTHER y ANIESKA MARINA ALMERDIA MARTIN, que ellas viven con el y cumple desde hace un año con dicha manutención, asimismo solicitó que se oficie a la Empresas donde trabaja la cual es SACOSAL, ubicada en la Península de Araya, Municipio Cruz Salmeron Acosta, del Estado Sucre, a los fines de que se deje sin efecto el oficio Nº SJ-06-826, de fecha 24-05-2006.-


DECISION

Por lo anteriormente expuesto este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, bajo decisión del Juez Temporal Nº 1 declara CON LUGAR LA SOLICITUD, de SUSPENSIÓN DE MEDIDAS, intentada por la ciudadana MARIA ESTHER MARTIN SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.434.491, establecida en sentencia de fecha 22 de Mayo del año Dos Mil Seis (2006), dictada por este Tribunal de Protección, Exp. Nº TP1-2480-06, por lo que se ordena dejar sin efecto el oficio Nº SJ-06-826, de fecha 24-05-2006. Librado a la Empresa SACOSAL, ubicada en la Península de Araya, Municipio Cruz Salmeron Acosta, del Estado Sucre. Así se decide. Líbrese oficio.-

Publíquese conforme al artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y por mandato del artículo 248 ejusdem, déjese copia certificada de la presente decisión.

La presente decisión ha sido publicada en su lapso legal.

Dada sellada y firmada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Sucre, Sede Cumaná a los Cinco (05) días del mes de Agosto del año dos mil ocho (2008), años 198° de la Independencia y 149° de la Federación

El Juez Temporal Nº

Abg. Jesús Salvador Sucre Rodríguez
La Secretaria

Abg. Luisa Márquez

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria

Abg. Luisa Márquez






EXP Nº TP1-1392-08
CAUSA: SUSPENCIÓN DE MEDIDAS
JSSR/asucre.-