En el día de hoy, miércoles trece de Agosto de dos mil ocho, siendo las tres horas y treinta minutos de la tarde, oportunidad fijada para llevar a cabo la comisión de Notificación del ciudadano Aquiles José Ruiz Rodríguez, librada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de este Circuito Judicial, en el juicio de Partición de la Comunidad Conyugal seguido por la ciudadana Martha Pilar Varela contra el ciudadano Dámaso Aguilera ortega; se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Valdez, Mariño y Cajigal, Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, a cargo de la Juez, Dra. Dulce María Vásquez Urbaez y la secretaria Eugenia Luna Torres, en la dirección siguiente: Calle Cantaura de la ciudad de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre; a objeto de dar cumplimiento a la comisión ordenada, la Notificación del mencionado Aquiles José Ruiz Rodríguez, designado depositario Judicial de los bienes embargados en fecha 16 de Octubre de 2003 por este Juzgado Ejecutor de Medidas. A continuación el Tribunal efectuó los toques de ley a la puerta de acceso al inmueble al frente del cual se encuentra constituido, siendo atendido por un ciudadano que dijo llamarse Pedro Antonio Martínez, quien se negó a suministrar su número de Cédula de identidad al ser impuesto de la misión del Tribunal y expuso: “Me doy por notificado de la misión del Tribunal pero de ese señor no se nada, creo que se fue para Carúpano, es todo”. Seguidamente el tribunal, vista la exposición del notificado, se comunicó telefónicamente con el abogado Oswaldo Perero, quien informó al Tribunal que el mencionado Aquiles José Ruiz Rodríguez está residenciado en la calle principal de Playa Grande, Edificio El Canario, 1er. piso, Carúpano, Estado Sucre, en consecuencia, el Tribunal ordena el regreso al local donde tiene su sede en la ciudad de Güiria, siendo las cinco horas de la tarde, haciendo constar que el notificado se negó a firmar la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman:
La Juez
Dra. Dulce María Vásquez
La Secretaria
Eugenia Luna Torres.
Comisión Nº 252-08.
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