REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 8 de Agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-000113
ASUNTO: RP11-P-2007-000113


NUEVO CÓMPUTO DE PENA

Ejecutada como ha sido la Redención de pena por trabajo y estudio a favor del penado WILLIANS ALEXANDER LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.612.508, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la práctica de un NUEVO COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA, bajo los siguientes términos:
PRIMERO: El penado WILLIANS ALEXANDER LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.612.508, fue condenado por el Tribunal Quinto de Control en fecha 26 de abril del año 2007, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, prevista en el artículo 31 en su Tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias y Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad.
SEGUNDO: El penado WILLIANS ALEXANDER LOPEZ, ya identificado, está detenido desde el 19-01-2007, según acta de Investigación penal folio 07, pieza I, y hasta el día de hoy 08-08-2008, tiene una pena física cumplida de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES y DIECINUEVE (19) DIAS, más una primera redención de CUATRO (04) MESES, VEINTISIETE (27) DÍAS y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, más una segunda redención de fecha de hoy de TRES (03) MESES, VEINTICUATRO (24) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, da un total de pena cumplida de DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES Y ONCE (11) DIAS DE PRISIÓN, le falta por cumplir la pena de OCHO (08) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS DE PRISIÓN, que se cumplirá en fecha 27-04-2009.
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: de conformidad con lo establecido en los artículos 479 ordinal 1°, 482 todos del Código Orgánico Procesal Penal, actualizado el cómputo de pena al penado WILLIANS ALEXANDER LOPEZ, quien hasta el día de hoy 08/08/2008 tiene una pena física cumplida de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES y DIECINUEVE (19) DIAS, más una primera redención de CUATRO (04) MESES, VEINTISIETE (27) DÍAS y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, más una segunda redención de fecha de hoy de TRES (03) MESES, VEINTICUATRO (24) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, da un total de pena cumplida de DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES Y ONCE (11) DIAS DE PRISIÓN, le falta por cumplir la pena de OCHO (08) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS DE PRISIÓN, que se cumplirá en fecha 27-04-2009.

Notifíquese a las partes y remítase Copia Certificada del presente auto al Fiscal del Ministerio Público y al Director del Internado Judicial de Carúpano, adjunto a boleta informativa para el penado. Líbrese notificaciones y oficio respectivo. CÚMPLASE.
La Jueza Segunda de Ejecución,
Abg. LOURDES SALAZAR

La Secretaria,

Abg. PATRICIA RASSE
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria,

Abg. PATRICIA RASSE
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