CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 5 de Agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2003-000177
ASUNTO: RP11-P-2003-000177

SOLICITUD DE REGIMEN ABIERTO


Por recibido el presente EXHORTO, del Circuito Judicial penal del Estado Guarico. San Juan de los Morros, a cargo del Juez. Abogado Ramón Vivas Frontado, mediante el cual remite el presente EXHORTO, a los fines de que este Tribunal se pronuncie con respecto de la Solicitud de Régimen Abierto realizada por el penado DARWIN ELOY ROJAS MARTINEZ.

En consecuencia este Tribunal Primero de Ejecución a los fines de decidir observa:

PRIMERO: El Penado: DARWIN ELOY ROJAS MARTINEZ, Venezolano, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.664.887, nacido en fecha: 04-04-79, de profesión u oficio: agricultor, residenciado caserío Río de Guiria, sector las viviendas, casa S/N del Municipio Valdez, Hijo de: Domingo Eloy Rojas Martínez y Benita Martínez de Rojas; en fecha 13/03/2006, la Corte de Apelaciones de este Estado Sucre, revisó la pena impuesta por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, y procedió a rebajar la pena que le fue impuesta al Penado: Darwin Eloy Rojas Martínez, de Diez (10) años, a ocho (8) años de Prisión, quedando en definitiva la pena a cumplir en Ocho (8) años de Prisión más las accesorias de Ley, por el delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de La Colectividad.

SEGUNDO: El penado Darwin Eloy Rojas Martínez, fue detenido el día 26-11-2003, y hasta la presente fecha; (05-08-2008) ha estado detenido por un lapso de Cuatro (04) años, Ocho (08) Meses y Nueve (09) días, y como fue condenado a cumplir la pena de Ocho (8) años de Prisión, le faltaba por cumplir de pena Tres (03) años, tres (03) meses y Veintiún (21) días, la cual Vencerá de cumplir el día 26-11- 2011.
TERCERO: El penado Darwin Eloy Rojas Martínez, puede optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:

1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, es decir, en el presente caso se cumplió en fecha 26-11-2005.
2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, es decir, los cuales se cumplió en fecha 26-07-2006.
3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, es decir, en fecha 26-03-2009
4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las 3/4 partes de la pena, es decir, las cumple en fecha 26-11-2009.

Ahora bien, por cuanto se observa de la solicitud realizada por el penado mediante el cual manifiesta sea reconsiderado su beneficio de Régimen Abierto, es por lo que esta Juzgadora, después de haber revisado el presente asunto penal, observa que en el mismo No Consta: el Examen Psico-Social correspondiente al mencionado penado, ni la Constancia de Buena Conducta del Penado, emitida por el Director de la Penitenciaria General de Venezuela, en la cual se indique la conducta que ha adoptado el mencionado penado, durante su reclusión en ese Centro Penitenciario, tampoco se observa en el presente asunto la Constancia de Antecedentes Penales, en razón de ello considera quien aquí decide, que este Tribunal en Aras de Garantizar la Justicia y el debido Proceso. Acuerda: EXHORTAR al Juez Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico. San Juan de los Morros, a los fines de que se sirva librar oficio al Director de la Penitenciaria General de Venezuela, en la cual se indique la conducta que ha adoptado el mencionado penado, durante su reclusión en el Internado Judicial de esa Ciudad. Así mismo se EXHORTA a los fines de librar oficio a la Unidad Técnica de apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Guarico. San Juan de los Morros, a los fines de que le realicen el Examen Psicosocial al mencionado penado: Darwin Eloy Rojas Martínez, ello a los fines de proveer sobre la Formula Alternativa de Cumplimiento de pena, solicitada por el Penado. y así se decide.

DISPOSITIVA.
En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EJECUTADO AUTO DE NUEVO COMPUTO en el asunto seguido al Penado Darwin Eloy Rojas Martínez, Venezolano, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.664.887, nacido en fecha: 04-04-79, de profesión u oficio: agricultor, residenciado caserío Río de Guiria, sector las viviendas, casa S/N del Municipio Valdez, Hijo de: Domingo Eloy Rojas Martínez y Benita Martínez de Rojas; en fecha 13/03/2006, la Corte de Apelaciones de este Estado Sucre, revisó la pena impuesta por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, y procedió a rebajar la pena que le fue impuesta al Penado: Darwin Eloy Rojas Martínez, de Diez (10) años, a ocho (8) años de Prisión, quedando en definitiva la pena a cumplir en Ocho (8) años de Prisión más las accesorias de Ley, por el delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de La Colectividad.

En Consecuencia este Tribunal Primero de Ejecución Acuerda:

PRIMERO: EXHORTAR al Juez Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico. San Juan de los Morros, a los fines de que se sirva librar oficio al Director de la Penitenciaria General de Venezuela, en la cual se indique la conducta que ha adoptado el penado, durante su reclusión en el Internado Judicial de esa Ciudad.
SEGUNDO: Así mismo se EXHORTA a los fines que Libre oficio a la Unidad Técnica de apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Guarico. San Juan de los Morros, a los fines de que le realicen el Examen Psicosocial al mencionado penado: Darwin Eloy Rojas Martínez, a los fines de proveer sobre la solicitud del Penado..

. TERCERO: Se acuerda Librar Oficio a la División de Antecedentes Penales, adscrito al Ministerio del Poder Popular para las relaciones Interiores y Justicia, a objeto de que remita a la mayor brevedad posible la Certificación de Antecedentes Penales, correspondiente al Mencionado Penado.
CUARTO: Se Acuerda Remitir Copia Certificada del presente Auto de Ejecución de Sentencia, al Juez Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico. San Juan de los Morros, al Fiscal Primero en Materia de Ejecución de Sentencia del Estado Sucre y al jefe de la División de Antecedentes Penales, adscrito al Ministerio del Poder Popular para las relaciones Interiores y Justicia. Caracas. Librese los oficios respectivos. Así mismo se acuerda Librar boleta informativa al Penado. Notifíquese a la defensa. Cúmplase.
La Juez Primero de Ejecución
Abg. Ysmenia S Fernández H.

La Secretaria
Abg. Rosa Moya.