REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

Carúpano, 14 de agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-002191
ASUNTO: RP11-P-2006-002191


Concluido el desarrollo de la presente audiencia convocada conforme a lo previsto en el artículo 45 del código orgánico procesal penal a fin de verificar el cumplimiento del régimen de pruebas impuesto a los ciudadanos Eduardo Luis González, Alexander José Lista Maestre Y Alexis José Lista Maestre, y tomando en consideración que durante el acto de audiencia preliminar celebrada de fecha el 10 de Agosto del 2.007, donde éste tribunal, entonces a cargo de la Juez Carmen Susana Alcalá decretó a favor de los mencionados ciudadanos, la suspensión condicional del proceso, por la presunta comisión del delito de Riña Tumultuaria, previsto en el artículo 425 del código penal, en perjuicio de los mismos, imponiéndosele conforme al artículo 42 en relación con el artículo 44 del código orgánico procesal penal un régimen de pruebas por el lapso de Cuatro (04) meses y quince (15) días durante el cual debían cumplir presentaciones cada dos,(2), meses ante la unidad de alguacilazgo, la cual fue cumplida a cabalidad tal como informó en esta Sala el Ciudadano Alguacil Odilio Ramón González, previa verificación de los libros de presentación llevada por ante la Unidad de Alguacilazgo de ésta Circuito Judicial Penal; por lo que estando perfectamente demostrado que los imputado cumplieron el régimen de presentaciones impuestas, estima quien decide que habiéndose verificado que los acusados cumplieron con el régimen probatorio impuesto resulta procedente o pertinente, decretar, a tenor de lo previsto en el artículo 45 en relación con el artículo 48 ordinal 7° del código orgánico procesal penal como en efecto se decreta, la extinción de la acción penal seguida contra los mismos y el subsecuente sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° Ejusdem y así se decide.
DISPOSITIVA
Pro todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, Decreta el sobreseimiento de la presente causa seguida contra los ciudadanos Eduardo Luis Gonzalez Gonzalez, Venezolano, Soltero, de 19 años de edad, nacido en fecha 26-02-88, titular de Cédula de Identidad N° V- 21.010.136, de Profesión u Oficio obrero, domiciliado en El Valle Sector Campo Alegre Sabana de Paja, sin Numero cerca de La Capilla, Carúpano, Estado Sucre; Alexander José Lista Maestre, venezolano, soltero de 24 años de edad, nacido en fecha 16-12-81, titular de la Cédula de Identidad N° 18.581.810, de Profesión u Oficio Seguridad Privado, residenciado en EL Valle Sector Campo Alegre, sabana de Paja cerca de la Iglesia, Carúpano, Estado Sucre. Y Alexis José Lista Maestre, Venezolano, Soltero, de 21 años de edad, nacido en fecha 08-06-86, titular de Cédula de Identidad N° V- 20.324.078, de Profesión u Oficio chofer de vehículo pesado, domiciliado en Achipano 2, calle capitán Alfonso, casa sin Numero, cerca de la escuela, Por La Mar Estado Nueva Esparta, por la presunta comisión del delito de Riña Tumultuaria, previsto en el artículo 425 del código penal, en perjuicio de los mismos, en virtud de haber operado la extinción de la acción penal por cumplimiento de las obligaciones y del plazo de suspensión condicional del proceso, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 318 ordinal 3° en relación con los artículos 45 y 48 ordinal 7°, todos del código orgánico procesal penal.