REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 29 de Agosto de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-000023
ASUNTO : RJ01-X-2005-000060
CÒMPUTO DE PENA ACTUALIZADO
PENADO: Jesús Manuel Bottini.
En virtud de la Resolución 2008-24, de fecha 23/07/2008, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, en la que se establece que no habrá audiencia, a partir del 15 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2008, sin que ello impida que se practiquen las actuaciones que fueren necesarias para el aseguramiento de los derechos, como lo relativo al otorgamiento de los beneficios y fórmulas alternativas al cumplimiento de pena, me avoco al conocimiento de la presente causa; así mismo, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, habilita el tiempo necesario en la presente causa, a los fines de realizar actualización del cómputo de la pena al penado Jesús Manuel Bottini Velásquez, a los fines de determinar si le corresponde el otorgamiento de la fórmula alternativa al cumplimiento de la pena consistente en Destacamento de Trabajo. Por cuanto el penado JESÙS MANUEL BOTTINI VELÀSQUEZ, venezolano, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.540.215, de oficio indefinido, nacido en fecha 23-10-1985, hijo de Ana Teresa Bottini y Joan José Barreto, residenciado en la Urbanización Fe y Alegría, sector 03, vereda 16, casa No. 003, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y CINCO (05) MESES DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionados en los artículos 458 en relación con el artículo 80 y artículo 277, todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CARLOS ALEJANDRO RODRÌGUEZ OTERO, quien se encuentra actualmente recluido en el Internado Judicial de Carúpano; en virtud del resultado favorable que arrojara la evaluación psico-social practicada a dicho ciudadano por parte de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, y de la ratificación de la oferta de trabajo realizada en el día de hoy, es por lo que se procede a actualizar el cómputo de la pena que tiene cumplido dicho penado, de la siguiente manera: el penado Jesús Manuel Bottini Velásquez, fue detenido el día 03-06-06 hasta la presente fecha 29-08-08, por lo que tiene una pena efectivamente cumplida, de dos (02) años, dos (02) meses y veintiséis (26) días; faltándole por cumplir de la pena impuesta, el lapso de CUATRO (04) AÑOS, DOS (02) MESES, y CUATRO (04) DÍAS de Presidio, más las accesorias de Ley, que vencerán en fecha 03 de noviembre del año dos mil doce (2012). En consecuencia, este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actualiza el cómputo de la pena, en la causa seguida al penado JESÙS MANUEL BOTTINI VELÀSQUEZ, venezolano, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.540.215, de oficio indefinido, nacido en fecha 23-10-1985, hijo de Ana Teresa Bottini y Joan José Barreto, residenciado en la Urbanización Fe y Alegría, sector 03, vereda 16, casa No. 003, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y CINCO (05) MESES DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionados en los artículos 458 en relación con el artículo 80 y artículo 277, todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CARLOS ALEJANDRO RODRÌGUEZ OTERO; quien fue detenido el día 03-06-06 hasta la presente fecha 29-08-08, por lo que tiene una pena efectivamente cumplida, de dos (02) años, dos (02) meses y veintiséis (26) días; faltándole por cumplir de la pena impuesta, el lapso de CUATRO (04) AÑOS, DOS (02) MESES, y CUATRO (04) DÍAS de Presidio, más las accesorias de Ley, que vencerán en fecha 03 de noviembre del año dos mil doce (2012). Líbrese oficio remitiendo Copia Certificada del presente Auto de actualización de cómputo de la Pena a la Dirección del Internado Judicial de Carúpano, por ser el lugar donde se encuentra cumpliendo pena el penado de autos. Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en materia de Ejecución de Sentencias y a la Defensora Pública Abg. Carolina Martínez. Líbrese lo ordenado. CÚMPLASE.
La Juez Primero de Ejecución (S),
Abg. Ivette Figueroa Baptista
La Secretaria,
Abg. Mary Cruz Salmeròn.
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