REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 8 de Agosto de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-003748
ASUNTO : RP01-P-2007-003748
Visto los escritos de solicitud dirigidos por el ciudadano acusado Laughlin Rodríguez, cédula de identidad Nro. 15.742.776, y escrito de la Abg. Alina García, en su carácter de Defensora Privada del prenombrado ciudadano donde solicitan el traslado del mismo de la Comandancia de Policía hacia la sede del Internado Judicial de esta ciudad, manifestando el acusado en su escrito cursante al folio 207, que “…mi vida corre peligro en las instalaciones de la Policía…” por lo que solicita en miras a resguardar la integridad física, se estudie la posibilidad de acordar el traslado del mismo a la Internado Judicial de esta ciudad, en atención a dicho planteamiento y observando la contingencia surgida, este Tribunal, es por lo que, atendiendo los lineamientos impartidos desde el Tribunal Supremo de Justicia, y a la solicitud expresa del acusado de autos, acuerda el traslado del acusado Laughlin Rodríguez, cédula de identidad Nro. 15.742.776, a las instalaciones del Internado Judicial del Estado Sucre, exhortándosele al Comandante General de Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, prestar la colaboración institucional, en el sentido de realizar el trasladado acordado a la brevedad posible dada la contingencia surgida y por encontrarse en riesgo la integridad física del acusado.-
Líbrese oficios respectivos al Comandante General de Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre y al Director del Internado, notificándosele del trasladado acordado en los términos indicados, con sus respectivas boletas.-
Jueza Segunda de Juicio
Abg. Ruth Mery Pineda Ramírez
La Secretaria
Abg. Mary Cruz Salmeron