REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 8 de Agosto del 2.008.
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-003404
ASUNTO : RP01-P-2007-003404
Visto el oficio No-1012-2008 de fecha: 04-08-08 suscrita por el Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Dr. Julián Gregorio Hurtado Lozano en donde le remite a este despacho, una relación de detenidos que se encuentran recluidos en la Comandancia General de Policía del Estado Sucre, a la orden de los distintos tribunales de este circuito, a los fines de que sea trasladado al Internado Judicial de esta ciudad el imputado: Carlos Alberto Perdomo a quien se le sigue causa por este tribunal, por cuanto el referido manifestó voluntariamente su deseo de traslado por correr su vida peligro en el establecimiento policial; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizado el presente oficio, la lista anexa y revisadas como han sido cada una de las actas procesales que conforman el presente expediente, observa que el imputado de autos: Carlos Alberto Perdomo se encuentran efectivamente albergando en dicho establecimiento policial, por lo que tomando como norte que el mismo está siendo juzgado por ante este tribunal por un delito mayor como lo son los delitos de: Robo Agravado y Lesiones Personales y ante la situación de planteada de peligro de muerte manifestado por el propio imputado, es por lo que este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda el traslado del imputado: Carlos Alberto Perdomo Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No-11.905.212 al Internado Judicial de Cumaná con las seguridades del caso. Líbrese oficio al Comandante General de Policía del Estado Sucre, participándole del referido traslado del imputado de autos al Internado Judicial de Cumaná, anexo a Boleta de Encarcelación. Y líbrese asimismo Boletas de Notificación a las partes.
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
El Secretario.
Abg. Carlos González.