REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumana, Primero (01) de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2008-000076
PARTE ACTORA: ANGEL LUIS ALCALA LEMUS
ABOGADO ASITENTE DE LA PARTE ACTORA: JAVIER MENDOZA.
PARTE DEMANDADA: CARPENTER S C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROMMEL HEREDIA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES.
En el día hábil de hoy Primero (01) de abril de dos mil ocho, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno; asimismo se deja constancia la comparecencia del abogado Rommel Heredía, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 105.197 en su carácter de representante legal de la empresa demandada; lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 197 °.
La Jueza
Abg. Carolina Chakian M.
El Secretario
Sergio Sánchez D.