LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO,
TRÁNSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 07 de Abril de 2.008.-
197º y 149º.-
Exp. N° 15.893.-
DEMANDANTE: YOLANDA HERACLIA CEDEÑO MARCANDO, Titular
de la cédula de Identidad N° 12.740807.-
APODERADO JUDICIAL: CARLOS JAVIER TINEO MATA, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 100.796.-
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó
DEMANDADO: ENRIQUE ANTONIO GONZÁLEZ RIVAS, titular de
la Cedula Identidad N° 14.063.354.-
APODERADO: No otorgo Poder.
DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.
MOTIVO: Parti. Y Liqui. de la Comunidad Conyugal.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Por cuanto en fecha 27 de Marzo de 2.008, se dejo constancia que la parte demandada no compareció por ante este Tribunal ni por si ni por medio de apoderado alguno, prosiguiéndose el juicio ordinario, fijando la presente causa para el lapso de promoción de pruebas, dejando constancia en fecha 28 de Marzo de 2.008, que no hicieron uso de ese derecho y evidenciándose de las actuaciones que lo correspondiente es aplicar lo establecido en el articulo 778 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que este Juzgado, deja sin efecto el auto de fecha 28 de Marzo de 2.008. En consecuencia, este Tribunal para decidir previamente observa:
Dispone el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil.
<< En el acto de la Contestación, si no hubiere Oposición a la partición, ni discusión sobre el carácter o cuota de los interesados y la demanda estuviere apoyada en instrumento fehaciente que acredite la existencia de la comunidad, el Juez emplazara a las partes para el nombramiento del partidor en el décimo día siguiente. El partidor Será nombrado por mayoría absoluta de personas y de haberes. Caso de no obtenerse esa mayoría, el Juez convocara nuevamente a los interesados para uno de los cinco días siguientes y en esta ocasión el partidor será nombrado por los asistente al acto, cualquiera que sea el numero de ellos y de haberes, y si ninguno compareciere, el Juez hará el nombramiento>>.
De manera que en atención al artículo transcrito si la parte demandada no hiciere oposición a la partición ni discusión sobre el carácter o cuota de los interesados y la demanda estuviere apoyada en instrumento fehaciente que acredite la existencia de la comunidad, deberá emplazarse a las partes al Nombramiento del Partidor.
De manera que al no haber efectuado la parte demandada oposición, debe forzosamente esta Instancia, Administrando Justicia en Nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emplazar a las partes para el nombramiento de Partidor, el cual deberá llevarse a cabo al Décimo (10º) día de Despacho siguiente a la presente fecha a las 10:30 a.m. Así se Decide. Notifíquese a las partes.
La Juez Temporal,
Abg. Nereida Estaba García.
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas Campos.-
En esta misma fecha se libraron las notificaciones a las partes intivinientes en el presente juicio.-
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas Campos.-
NEG/Fvc/ecm.-
Exp. Nº 15.893.-
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