REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 02 de Abril del 2.008.
197º y 149º
SOL. N°. 5.154

SOLICITANTE: DIRCIA ELENA MARÍN, titular de la
Cédula de Identidad N° 4.810.292.

APODERADO: No otorgó Poder

DOMICILIO PROCESAL: No constituyo.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO (Vehículo).

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por la ciudadana DIRCIA ELENA MARÍN, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.810.292, de este domicilio, asistida por la Abogado en ejercicio ELISA LUIGI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.214.738, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.166, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le concedan TITULO SUPLETORIO, sobre una Una (1) Cabina Completa, Marca: Dodge RAM Usada Importada, asignada con el serial Nº 2B6HB23T3GK611409;y un chasis usado de microbús Dodge RAM Nº GK611409, las cuales fueron instaladas en un Vehículo: Tipo: Autobuseta; Marca: Dodge; Clase: Camioneta; Modelo: 1.977, Uso: Particular; Color: Blanco y Azul; Placas: NAR-398; Serial Carrocería: B36BE7X215521 y actualmente Nº 2B6HB23T3GK611409; Serial Motor: 8M318110032162, y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: LEONEL JOSE BRITO CEDEÑO y MAURICIO JOSE GIL, venezolanos, mayores de edad, solteros, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 14.716.119 y 16.398.409, respectivamente, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignado se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor de la ciudadana DIRCIA ELENA MARÍN, sobre el Vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. Devuélvase todo original con sus resultados.
La Juez Temp.,

Abg. Nereida Estaba García.
La Secretaria Acc.,

Aracelis Teresa Martínez.
Constante en Cuarenta y Dos (42) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.
La Secretaria Acc.,

Aracelis Teresa Martínez.


NEG-mmg.
Sol. N° 5.154