REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 16 de Abril de 2.008
197° y 149°

SOLICITUD Nº 5254

SOLICITANTE (S): BALMIRA MATA y JOSE CANDALLO, titulares
de las Cédulas de Identidad Nros.
5.875.562 y 3.425.172.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyeron.

APODERADO: No otorgó Poder.

MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por los ciudadanos BALMIRA MATA y JOSE CANDALLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.875.562 y 3.425.172, respectivamente, y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante éste Juzgado de los testigos ciudadanos: MARCOS ANTONIO ROSAL MUNDARAIN y GREGORIO JOSE LA ROSA LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, casado el Primero y soltero el segundo, domiciliados en Calle Páez, Valle Nuevo de San Martín, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 2.955.502 y 6.954.348, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO DANIEL LUIS CANDALLO MATA, a los ciudadanos BALMIRA MATA y JOSE CANDALLO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se decide.
El Juez Temp.,

Abg. Nereida Estaba García.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.
Constante de Nueve (09) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.


NEG-mmg.
Sol. Nº 5254