REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, MARÍTIMO
Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANA, 25 DE ABRIL DE 2008
198º y 149º


Vista la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS, presentada conjuntamente por los ciudadanos: ELIGIO JESUS RODRIGUEZ RODRIGUEZ y MARBERI JOSEFINA MUNDARAY GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.946.418 y V-12.275.701, respectivamente y de este domicilio; debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio y de éste domicilio DEYSI GALANTON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cèdula de Identidad Nº 15.289.472 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 99.048. Y como quiera que la solicitud cumple con los extremos requeridos en el Articulo 762 del Código de Procedimiento Civil y conforme a los hechos explanados en la misma, éste Juzgado Procediendo en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decreta la SEPARACION DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los mencionados cónyuges conforme los artículos 189 del Código Civil. Asimismo, se ordena expedir las copias certificadas solicitadas.
LA JUEZ PROVISORIO,
Abog. YLIMAR OLIVEIRA DE CARABALLO




LA SECRETARIA
Abog. ROSELY PATIÑO RODRIGUEZ





Exp. Nro 6812-08.-
YOdC/mc.