REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE


Carúpano, 16 de Abril del 2008
197° y 148°.-


Revisadas las actas que conforman el presente expediente, se observa que al folio 07, corre inserta declaración de la parte actora ciudadana MEURIS MERLINA MARIN HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.623.737, domiciliada en sector Bella Vista, Yaguaraparo, Municipio Cajigal, Estado Sucre, donde la misma manifiesta que el padre de su hija, ciudadano GUIDO JOSE BRAZON ZIRALDO, le hizo entrega de la niña, en buen estado de salud y se encuentra viviendo con ella. En consecuencia este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley da por terminado el presente procedimiento y se acuerda el cierre y archivo del expediente. Así se decide.



ABG. JAVIER MUÑOZ GARCIA
JUEZ PROVISORIO DE PROTECCION- SALA DE JUICIO.-




ABG., PETRA DEYANIRA MARQUEZ.
SECRETARIA.
EXP: N° 5.958.-08.-
JMG/PDM/imr.-