En horas de Despacho del día de hoy siete (07) de Abril del año Dos Mil Ocho (2008), siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada por el Tribunal para la celebración del PRIMER ACTO CONCILIATORIO, en la presente causa de DIVORCIO 185 ORDINAL 3°, se anunció el acto a las puertas del Tribunal en forma de Ley, dejándose constancia de la COMPARECENCIA del demandado ciudadano LEVIS JOSE JIMENES LAREZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.459.316, debidamente asistido del Abogado León José Martínez, inscrito en el Inpreabogado Nro. 115.156. Se deja constancia de la NO COMPARECENCIA de la demandante ciudadana CARMEN MILAGROS BLONDELL GONZALEZ, ni por si ni por medio de apoderado Judicial. Se deja constancia de la comparecencia del Fiscal Cuarto del Ministerio Público, Abogada Carmen Moreno; en consecuencia se declara EXTINGUIDO el presente procedimiento, de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.- CUMPLASE.- El Juez (fdo) Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET. La secretaria (fdo) Abogada HAYARIT RODRIGUEZ. Es copia fiel y exacta de su original que certifico en la ciudad de Cumaná, a los siete (07) días del mes de Abril del año Dos Mil Ocho (2008).
La Secretaria
Abg. HAYARIT RODRIGUEZ
Causa: Divorcio Contencioso Causal 3°
Demandante: Carmen Milagros Blondell González
Demandado: Levis José Jiménez Suárez
MEG/mjc.-
Exp. TP2-4557-07
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