Republica Bolivariana de Venezuela

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
198° y 149°

Cumaná., 28 de abril de 2008

Revisadas como han sido las actas cursantes en la presente causa, y por cuanto se evidencia que no existe dinero a favor de la Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal acuerda en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda el Cierre de la presente causa y el Archivo del Expediente, por lo que se ordena remitir al archivo Judicial Regional Cumaná cuarenta (40) folios útiles- CUMPLASE.-
LA JUEZA Nº 02

ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI
LA SECRETARIA

ABG. HAYARIT RODRIGUEZ
En esta misma fecha., se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

LA SECRETARIA

ABG. HAYARIT RODRIGUEZ



CAUSA: TP2-2100-05
MEG.-/HR.-/milagros
Motivo: Disposición de Bienes
Partes: Janeth Caña y Daviana Urbaez