REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
198° y 149°
Visto el escrito presentado por el Abogado JESUS MANUEL MOYA, en su Carácter de Fiscal Cuarto Encargado del Ministerio Publico del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en el cual manifiesta que compareció por ante esa representación fiscal la ciudadana: YAZMIL JOSEFINA COVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.377.214, domiciliada en La Urbanización Los Chaimas, Vereda 6, Casa Nro. 3, Cumaná, Estado Sucre, en su condición de madre del niño: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de un (1) año de edad y expuso que el padre de su prenombrado hijo, ciudadano: ALFREDO EDUARDO PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.977.986, domiciliado en el Barrio Sucre, Vereda 4 Casa Nro. 11, Cumaná, Estado Sucre, quiere que se le fije un régimen de convivencia familiar a favor de su hijo Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, procediéndose a levantar la respectiva acta, por lo que se solicita la homologación de la conciliación celebrada de conformidad con lo previsto en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del
• Corre inserta al folio del Siete (7) al nueve (9) acta Nro. SUC-FMP-4-133-2008, de fecha dieciocho (18) de Marzo del año Dos Mil Ocho (2008), debidamente firmada por los ciudadanos YAZMIL JOSEFINA COVA y ALFREDO EDUARDO PARRA y el Abogado JESUS MANUEL MOYA, Fiscal Cuarto Provisorio del Ministerio Público, en la cual llegaron al siguiente acuerdo.
• El padre ciudadano ALFREDO EDUARDO PARRA, estará con su hijo un fin de semana cada quince días a partir del día sábado a las 10:00 a.m y lo entregará el día domingo a las 4:00 p.m . La semana santa la pasará con su mamá y el carnaval con su papá alternándose cada año. Las vacaciones escolares serán compartidas la mitad cada uno. El 24 de Diciembre con el padre y el 31 de Diciembre con la madre.
A tales supuestos de hecho y de derecho, observando que las partes conociendo sus realidades familiares establecieron tal forma de dar cumplimiento al RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, a favor de su hijo, visto que la conciliación celebrada
por los progenitores del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, es inherente y totalmente beneficioso para su interés superior y garantiza su derecho a mantener relaciones personales y directa con sus padres, aún cuando estén separados, como lo prevén los artículos 8 y 27 ejusdem, por lo que con fundamento y aplicación analógica del artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, bajo Decisión de la Jueza Nº 2, en su Sala de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN A LA CONCILIACIÓN POR RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, suscrita y celebrada por los Ciudadanos: YAZMIL JOSEFINA COVA y ALFREDO EDUARDO PARRA, anteriormente identificados. Así se decide.-
Se ordena el cierre de la causa y el archivo del Expediente.-
Publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Cumaná, a los veintiún (21) días Abril del año Dos Ocho (2008).
La Jueza Nro. 2
Abg. María Eugenia Graziani
La Secretaria.
La presente decisión fue publicada en su fecha, siendo las 10:30 a.m.
La Secretaria .
MEG/mariela
Causa: Régimen de Convivencia Familiar
Homologación (Sentencia Interlocutoria)
Exp. TP2-1220-08
Partes: Yazmil Josefina Cova Y
Alfredo Eduardo Parra
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