Republica Bolivariana de Venezuela

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
197° y 149°

Cumaná., 17 de abril de 2008

Revisadas como han sido las actas cursantes a la presente causa, por cuanto se evidencia que desde mas de dos (02) años no tiene impulso procesal por las partes, este Tribunal acuerda en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda el Cierre de la presente causa y el Archivo del Expediente, por lo que se ordena remitir al archivo Judicial Regional Cumaná, constante de veinte (20) folios útiles- CUMPLASE.-
LA JUEZA Nº 02

ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI
LA SECRETARIA

ABG. HAYARIT RODRIGUEZ
En esta misma fecha., se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

LA SECRETARIA
ABG. HAYARIT RODRIGUEZ



CAUSA: TP2-1713-04
MO.-/HR.-/milagros
Motivo: Cúratela
Partes: Jesús A. Hernández