REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
196° y 147°

Cumaná, 17 de abril del 2008



Vistas la diligencia de fecha 14-04-2008, estampada por la ciudadana BEATRIZ ALEJANDRA DIAZ ORTIZ, plenamente identificada en autos, asistido por el abogado en ejercicio ASDRUBAL HENRIQUEZ. Y dada cuenta a la Jueza de la misma, este Tribunal acuerda autoriza a la mencionada ciudadana a retirar el total existente en cuenta de ahorros Nº 0007-0081-94-0010005056, y la cancelación de la misma. Así mismo, se ordena en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, el cierre de la presente causa y el archivo del expediente. Líbrense oficio.-
La Jueza N° 02


Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET.
La secretaria

ABG. HAYARIT RODRIGUEZ.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-

La Secretaria

ABG. HAYARIT RODRIGUEZ




Causa: Autorización
Solicitante: BEATRIZ ALEJANDRA DIAZ ORTIZ
MEG.-/rosirys.-
Exp. TP2-143-03