REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE

Cumaná, 16 de abril de 2.008
197º y 149º


Vista la diligencia de fecha 09-04-08, emanada de la Fiscalia IV del ministerio Público, en la cual solicita el cierre y el archivo de la presente causa y vistas las actas procesales que conforman el presente expediente, observa este sentenciador que la solicitante no ha acudido en ninguna oportunidad al Tribunal a fin de darle impulso Procesal a la presente causa., en aras del principio de la Economía Procesal es por lo anteriormente expuesto que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Sala de Juicio, Juez N° 1, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena el Cierre de la causa y el archivo del expediente y ordena su remisión al archivo Judicial.- Así se decide.- Cúmplase lo ordenado.-
Abg. JESUS SALVADOR SUCRE RODRIGUEZ

LA SECRETARIA
ABOG. LUISA MARQUEZ
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA
ABOG. LUISA MARQUEZ

DEMANDANTE :ROSA VIRGINIA SALAZAR
DEMANDADO: ROMERO ISMAEL ANTONIO
Exp.473-03
JSSR/nai